Medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial, que moviliza 11.000 millones de euros

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial, que moviliza 11.000 millones de euros en ayudas directas a las empresas, mediante subvenciones, reducción de costes y refuerzo de su capital.

La norma se articula en tres fondos:

  • Una línea de 7.000 millones de euros para ayudas directas a empresas y autónomos destinadas al pago de gastos fijos y deudas con proveedores y otros acreedores;
  • Una línea de 3.000 millones para que el ICO pueda acompañar los procesos de reestructuración de deuda financiera,
  • Y un fondo de 1.000 millones para la recapitalización de las empresas afectadas.

Adicionalmente se amplía la vigencia de algunas medidas en el ámbito concursal y medidas de agilización en el ámbito de la justicia hasta final de 2021.

Condiciones para las ayudas:

  • Que las empresas receptoras no tengan su domicilio en un paraíso fiscal.
  • que no estén en concurso ni hayan cesado la actividad en el momento de la solicitud.
  • Que se hallen al corriente de pagos de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
  • Que no repartan dividendo ni aumenten los salarios de su equipo directivo durante un periodo de dos años,
  • Así como al mantenimiento de su actividad hasta el 30 de junio de 2022.

1. Línea de 7.000 millones de euros para ayudas directas no reembolsables a autónomos y empresas

Dotada con 7.000 millones de euros, tiene como objetivo que las comunidades autónomas concedan ayudas directas a los autónomos y empresas cuyos ingresos hayan caído más de un 30% con respecto a 2019.

Las nuevas ayudas establecidas no son reembolsables tendrán carácter finalista y se emplearán para el pago de deudas contraídas por las empresas desde marzo de 2020, como pagos a proveedores, suministros, salarios, arrendamientos o reducción de la deuda financiera.

Quien puede acceder a ellas

  • Podrán beneficiarse autónomos y empresas viables que hayan tenido una caída de sus ingresos de al menos el 30% en 2020 respecto al año anterior.
  • Las ayudas cubrirán hasta un 40% de la caída adicional de ingresos de las microempresas y autónomos (con hasta 10 empleados), y un 20% para el resto de empresas, con una cantidad fija de 3.000 euros para los autónomos que tributen con módulos y un rango de entre 4.000 y 200.000 euros para el resto.

2. Ayudas para la reestructuración de deuda financiera COVID

Dotada con 3.000 millones de euros.

 Medidas de apoyo y flexibilización de los préstamos que cuenten con aval público, permitiendo así que el ICO se incorpore a los procesos de refinanciación y reestructuración que pacten los bancos y sus clientes

 La norma aprobada extiende hasta el 31 de diciembre el plazo para solicitar préstamos con aval del ICO.

Sobre la base del análisis del cliente que haga la entidad financiera se podrán acordar medidas para:

  • Extender por un periodo adicional el plazo de vencimiento de los préstamos con aval público.
  • Convertir los préstamos con aval público en préstamos participativos,
  • Concesión de ayudas directas para reducir la financiación con aval público solicitada durante la pandemia.

3.-Fondo de recapitalización de empresas medianas

Dirigido a reforzar los balances de empresas que eran viables en diciembre de 2019, pero que se enfrentan a problemas de solvencia por la pandemia.

Este fondo está dotado con 1.000 millones de euros gestionado por COFIDES

Las ayudas se realizarán a empresas que atraviesen dificultades temporales y que complementa a las ayudas del Fondo de apoyo a la solvencia de empresas estratégicas, gestionado por SEPI, en forma de préstamos ordinarios, préstamos participativos, capital u otros.

Su utilización conllevará la participación del Estado en los beneficios futuros de las empresas, así como una estrategia de salida, ya que la naturaleza temporal del fondo está fijada en ocho años.

Modernización de la normativa concursal para favorecer la continuidad de la actividad empresarial

  • Medidas en el ámbito concursal, extendiéndose hasta el 31 de diciembre las moratorias actuales
  • Se extienden las moratorias relativas a la exención del deber del deudor de solicitar la declaración de concurso y la no admisión a trámite de las solicitudes de concurso que presenten los acreedores;
  • Se amplía el plazo para renegociar, tanto los acuerdos de refinanciación y acuerdos extrajudiciales de pago (ambos son instrumentos previos al concurso), como los propios convenios concursales;
  • Y se amplían hasta el 31 de diciembre de 2021 las medidas procesales que agilizan los procesos, como la tramitación preferente y el fomento de la subasta extrajudicial.

Otras medidas

  • Se amplían los plazos de ejecución de proyectos financiados por la Secretaría General de Industria y de la PYME y de los préstamos concedidos por Emprendetur a empresas del sector turístico.
  • Se aumenta a cuatro meses el periodo para poder retrasar el pago de deudas tributarias sin intereses de demora.
  • Las sociedades anónimas que no hayan podido modificar sus estatutos puedan seguir celebrando la junta general o asamblea de socios por medios telemáticos durante el ejercicio 2021 siempre que se garantice la identidad del accionista que ejerce su derecho de voto y se ofrezca la posibilidad de participar en la reunión por distintas vías.

Finalmente, se establecen los mecanismos necesarios para que la Comisión Nacional del Mercado de Valores pueda regular la publicidad de criptoactivos u otros activos o instrumentos presentados como activos de inversión que en la actualidad se encuentran fuera del perímetro de la regulación financiera.

Resumen Nuevo Real Decreto-Ley para seguir apoyando a autónomos, pymes y empresas (La Moncloa).

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